La salud es un derecho que ha sido reconocido universalmente por diferentes tratados internacionales, a los cuales nuestro país ha adherido.
A nivel provincial, la Constitución de la Provincia de Córdoba en el capítulo Políticas especiales del Estado define a la “Salud como un bien natural y social que genera en los habitantes de la Provincia el derecho al más completo bienestar psicofísico, espiritual, ambiental y social... El Gobierno de la Provincia garantiza este derecho mediante acciones y prestaciones promoviendo la participación del individuo y de la comunidad ...” Art. 59
A nivel municipal, la Carta Orgánica de la ciudad de Córdoba establece que la salud es un derecho de todos los habitantes de la ciudad (Art. 9, punto 1) y un deber que éstos deben cuidar como bien social (Art. 12, punto 8).
El Artículo 33 instituye que “El Municipio reconoce la salud como derecho fundamental del hombre desde su concepción y en consecuencia garantiza su protección integral como bien natural y social…”
En una primera etapa de trabajo, nos planteamos:
Red Ciudadana Nuestra Córdoba - info@nuestracordoba.org.ar - Córdoba, Argentina.
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